viernes, 27 de mayo de 2011

JURISPRUDENCIAS LABORALES

SUMILLAS TEMATICAS

La Jurisprudencia resulta importante porque es una fuente de referencia para las futuras políticas jurisdiccionales, siendo por ello, reflejada en los plenos jurisdiccionales, entendiendo por ellos a los grandes criterios de administración de justicia en ejercicio de sus competencias por el máximo órgano de resolución de conflictos del Poder Judicial.

La jurisprudencia adquiere asi un papel fundamental para el Estado de Derecho, ya que da contenido a nuestro sistema jurídico con respecto a los detalles y criterios tomados por los tribunales frente a los vacios que se presentan dentro del marco legal, además de ser fuente de derecho en sí misma. permitiendo dar un escenario de seguridad jurídica al hacer predecibles los pronunciamientos de la administración de justicia.

Es por eso que en esta oportunidad comparto algunas sumillas de jurisprudencias en materia laboral.

TRABAJO FAMILIAR

"Los servicios que se presta en el hogar o en relación con él por un miembro de la familia no genera el pago de remuneraciones de ninguna clase ni de beneficios sociales"
Expediente Nº 820-85/T.T.

"La relación entre padre e hijo en labores comunes para el sustento familiar, sin pago de salario, no acredita una relación laboral, sino una forma especial de trabajo en familia no generadora de beneficios sociales"
Expediente Nº 2352-84/T.T.

EPS : NO PERDIDA DEL CREDITO

"El pago de las retribuciones a las entidades prestadoras de salud (EPS), constituye un requisito para el goce o aplicación del crédito contra las aportaciones de ESSALUD, previsto en el Art. 15º de la Ley Nº 26790, y la mora en el pago de tales retribuciones no ocasiona la pérdida del citado crédito, pues solo diferirá su uso contra las aportaciones a Essalud del período en que se realizó el pago de dichas retribuciones"
RTF Nº 00419-3-2004

PROTECCION CONSTITUCION A LA IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS

"La Constitución protege al trabajador aún respecto de sus actos propios, cuando pretenda renunciar a los derechos y beneficios que por mandato constitucional y legal le corresponden, evitando que, por desconocimiento y sobre todo en los casos de amenaza, coacción o violencia se perjudique"
Expediente Nº 2906-2002-AA/TC.Arequipa

RELACION DE TRABAJO Y LOCACION DE SERVICIOS SIMULTANEOS

" En el caso de una de las personas, se establece que no existe impedimento legal para que una persona que mantiene vínculo laboral con un empleador, pueda simultáneamente, prestarle servicios sin subordinación, en tanto se trate de otros distintos a los que involucran sus obligaciones como dependiente, dejándose sin efecto el reparo"
RTF Nº 05032-5-2002

DEBERES DEL TRABAJADOR
" Si el trabajador no comunica su enfermedad a su empleador, éste tiene la facultad de considerarlo como una falta injustificada, con lo cual de darse en varias oportunidades dentro de un período establecido por la Ley, incurriría en una falta grave y por tanto en un despido justificado."
Casación Nº 421-97-Huaura

QUEBRANTAMIENTO DE LA BUENA FE LABORAL

" El trabajador al alterar la tarjeta de control de ingreso al centro de trabajo, ha dejado de cumplir con el Reglamento Interno respecto al control de asistencia y de tolerancia al ingreso pues refleja una conducta de impuntualidad. Asimismo, tal hecho ha quebrado la buena fe que debe existir en la relación laboral por lo cual el despido deviene en justificado".
Expediente Nº 3738-98-R(S)

DESCUENTOS PERMITIDOS EN LA CTS

" Las cantidades de dinero que adeuden los trabajadores a sus empleadores al cese de la relación laboral únicamente podrán ser descontados del monto de sus beneficios sociales si la deuda emana de adelanto de remuneraciones, venta o suministro de mercadería o préstamos para casa habitación, conforme al D.LEG. Nº 650, no procede el descuento en la CTS por el importe de los daños ocasionados por el trabajador mediante el choque de un vehículo"
Expediente Nº 5458-93-BS

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