viernes, 27 de mayo de 2011

INCORPORAN MANTENIMIENTO Y REPARACION AL SISTEMA DE DETRACCIONES

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 098-2011/SUNAT, publicado el dìa jueves 21 de Abril del 2011.

Mediante la presente resoluciòn se ha incorporado al mantenimiento y reparaciòn de bienes muebles en general, sustituyendose el numeral 3 del anexo 3 de la R.S. Nº 183-2004/SUNAT y modificatorias, con el porcentaje del 9%, siempre que superen los S/. 700.00 (Setecientos con 00/100 Nuevos Soles),

La presente norma entra en vigencia a partir del 01 de Mayo del 2011, y sera aplicable a las operaciones cuyo nacimiento de la obligaciòn tributaria del impuesto general a las ventas, se genere a partir de dicha fecha.

Caso Pràctico :

La empresa ha emitido una factura por S/. 2,500.00 (Incluido IGV), por el servicio de mantenimiento y reparaciòn.

Càlculo de la Detracciòn :

Factura S/. 2,500.00 x 9% = S/. 225.00

El importe calculado (S/.225.00), serà depositado en la cuenta de detracciones del Banco de la Naciòn.


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