Mediante la R.S. Nº 019-2014/SUNAT (23.01.2014), se ha
incorporado como bienes afectos al sistema de detracciones a las carnes y
despojos comestibles con la tasa del 4%,
siempre que superen los S/. 700.00, la presente resolución
entra en vigencia a partir del 01 de marzo de 2014.
Las partidas afectas son:
Código
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Detalle
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0201.10.00.00
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- En canales o
medias canales
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0201.20.00.00
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- Los demás
cortes (trozos) sin deshuesar
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0201.30.10.00
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- - «Cortes
finos»
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0201.30.90.00
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- - Los demás
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0206.10.00.00
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- De la especie
bovina, frescos o refrigerados
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0206.21.00.00
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- - Lenguas
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0206.22.00.00
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- - Hígados
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0206.29.00.00
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- - Los demás
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0206.30.00.00
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- De la especie
porcina, frescos o refrigerados
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0206.41.00.00
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- - Hígados
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0206.49.00.00
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- - Los demás
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0206.80.00.00
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- Los demás,
frescos o refrigerados
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0206.90.00.00
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- Los demás,
congelados
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El código es 014 carnes y despojos comestibles.
Aplicación:
Los contribuyentes que se dediquen a esta actividad deberán aperturar
en el banco de la nación la cuenta de detracciones y los contribuyentes que
adquieran los bienes mencionados deberán
solicitar el número de cuenta de detracciones a los
proveedores y realizarles la detracción.
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LA CARNE DE PAVO SE CONSIDERA??
ResponderEliminarA QUE SE REFIERE LOS DEMAS FRESCO, CONGELADOS ??
GRACIAS
Buenos dias, esta esto vigente, acabo de preguntar en Sunat consultas y me informan que la carne de res no se encuentra afecta a detraccion. si pudiera confirmarme le agradeceria.
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