LOS INTERESES MORATORIOS DE LA AFP SON DEDUCIBLES PARA EL IMPUESTO A LA RENTA?
Envian la siguiente consulta al Blog:
Los intereses moratorios que se pagan a la AFP son gastos deducibles del
impuesto a la renta?
Respuesta:
En la Ley
del Impuesto a la Renta establece que los gastos son deducibles si cumplen con
el principio de causalidad, el cual lo define de la siguiente manera:
‘’Son
deducibles los gastos necesarios para producir y mantener la fuente productora
de renta, así como los gastos vinculados con la generación de ganancias de
capital, en tanto la deducción no esté expresamente prohibida por Ley’’.
Es por esta
razón que el Tribunal Fiscal mediante la RTF Nº 02116-5-2006 manifiesta
que los intereses pagados por concepto de intereses moratorios debido al no
pago oportuno de las aportaciones a la AFP de los trabajadores no es
deducible para efectos del Impuesto a la Renta.
Toda vez que
no se encuentra vinculado al mantenimiento de la fuente productora de riqueza
sino con la omisión de pagar oportunamente los aportes retenidos a sus trabajadores
independientemente de las razones que motivaron tal conducta.
Al no ser
deducible del impuesto a la renta, se deberá adicionar en la declaración jurada
anual del impuesto a la renta.
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