miércoles, 16 de noviembre de 2011

CARTA FIANZA – TRATAMIENTO CONTABLE

La Carta Fianza, es quizá uno de los instrumentos financieros más usados en el mercado para espaldar deudas y/u obligaciones.

Si bien es cierto que la Carta Fianza sólo es emitida por entidades del sistema financiero, ello no quiere decir que necesariamente quien solicite la Carta Fianza deba ser cliente de dicha entidad, aunque normalmente se requiere de la apertura de una cuenta corriente.

Definición de Carta Fianza.-
La definición de Carta Fianza, es el documento por el cual se establece las condiciones que el fiador, quien necesariamente debe ser una entidad financiera, se compromete a garantizar a una persona natural o jurídica la obligación que ésta deba realizar ante un tercero, así dicha garantía es realizada en tanto el deudor incumpla con dicha obligación.

¿Que es Fianza?

El concepto Fianza, lo podemos encontrar en el Código Civil que señala en su artículo 1868° que “por la fianza, el fiador se obliga frente al acreedor a cumplir determinada prestación, en garantía de una obligación ajena, si ésta no es cumplida por el deudor. La fianza puede constituirse no sólo a favor del deudor sino de otro fiador”. En ese sentido el Código Civil nos da un primer acercamiento sobre la operabilidad de la Fianza, del cual podemos inferir que la Fianza es en realidad un contrato por medio del cual el fiador se compromete frente al acreedor a responder con su patrimonio en caso el deudor incumpla con realizar su obligación, no necesariamente dineraria, dado que también respaldan obligaciones de hacer y de no hacer.

El tratamiento Legal de la Fianza se encuentra en el Código Civil en los artículos del 1868º hasta el 1905º.
Tratamiento Contable
En principio, es importante atender a las cláusulas particulares de cada contrato; no obstante ello, partiremos de los criterios generales por el que se realiza esta operación. Siendo esto así, diremos que la Carta Fianza constituye en sí una modalidad de crédito indirecto o no por caja, mediante el cual una entidad bancaria se
compromete a respaldar las responsabilidades y obligaciones de una empresa ante terceros a cambio de cierta retribución (comisión de emisión). En este sentido, se trata de un compromiso, que deberá ser tratado de la siguiente forma:

Considerando las cuentas contables establecidas en el Plan Contable General Empresarial (PCGE).





`-------------------------- X --------------------------


01


Bienes y Valores entregados
XXXXXX


012

Valores y Bienes entregados en garantía




0121
Cartas Fianzas


09


Acreedores por el contrario

XXXXXX



x/x Por el compromiso adquirido









Producto del cargo en la cuenta por la retribución del servicio, se produce una disminución en los fondos que aún no puede considerarse como gasto de conformidad
con la NIC 23: Costo de Financiamiento, dado que el mismo se produce en el período en el que se incurre, consecuencia de ello y dado que está afecta al ITF se anotará:





`-------------------------- X --------------------------


18


Servicios y otros contratados por anticipado
XXXXXX


181

Costos Financieros


64


Gastos por Tributos
XXXXXX


641

Gobierno central




6412
Impuesto a las transacciones financieras


10


Efectivo y equivalente de efectivo

XXXXXX

104

Cuentas corrientes en instituciones financ.











Conforme transcurra el plazo otorgado se deberá reconocer el gasto correspondiente, tal como a continuación se muestra:





`-------------------------- X --------------------------


67


Gastos Financieros
XXXXXX

18


Servicios y otros contratados por anticipado

XXXXXX

181

Costos Financieros







Principales Modificaciones Tributarias y Contables
Consultas Frecuentes
Ediciones ECB Año 2011


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