martes, 27 de agosto de 2013

INFORME SUNAT SOBRE DETRACCION POR LA VENTA DE BIENES INMUEBLES


INFORME N.° 128-2013-SUNAT/4B0000

En relación con la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) a la primera venta de inmuebles gravada con el Impuesto General a las Ventas (IGV) se formulan las siguientes consultas:
 
  1. ¿La aplicación del SPOT sobre el “importe de la operación” debe ser entendida como su aplicación sobre el precio de venta del inmueble que se encuentre gravado con el IGV o sobre el importe total del precio que incluye el valor del terreno?

2. ¿El porcentaje del SPOT equivalente al 4% se deberá aplicar sobre cada cuota del precio conforme vaya naciendo la obligación tributaria por la primera venta de inmuebles gravada con el IGV, es decir, por cada pago parcial? o ¿se deberá aplicar sobre el precio total de venta del inmueble, aun cuando el precio no haya sido pagado en su totalidad?
 

CONCLUSIONES:

1. Tratándose de la primera venta de inmuebles gravada con el IGV, el importe sobre el cual se debe aplicar el SPOT es el importe materia de cancelación consignado en cada comprobante de pago, esto es, sobre la suma percibida por el proveedor del inmueble, sea total o parcial, sin efectuar deducción alguna por concepto del valor del terreno.

2. En aquellos casos en los que se hubiera pactado el pago en cuotas de la operación de venta de inmuebles gravada con el IGV, el monto del depósito a que obliga el SPOT deberá calcularse aplicando el porcentaje del 4% sobre el importe de cada pago.
 

COMENTARIOS
La Administración Tributaria está señalando que la detracción aplicable a la venta de bienes inmuebles (R.S. N° 022-2013/SUNAT), el porcentaje del 4% se debe aplicar sobre el importe consignado en el comprobante de pago incluyendo el valor de terreno, el cual debe realizarse por cada pago que origina la emisión del comprobante de pago.

Descargar el Informe:
http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2013/informe-oficios/i128-2013.pdf

 


Tips Tributarios, Contables y Laborales en TAX PERU (Facebook)

1 comentario:

Declaración Jurada de Precios de Transferencia - Cronograma de Vencimientos – Reporte Local

La declaración correspondiente al ejercicio 2016 se presentará de acuerdo con el siguiente cronograma: ULTIMO DÍGITO ...