lunes, 30 de junio de 2014

MODIFICAN PORCENTAJE DE DETRACCION DE 12% A 10%

Mediante la R.S. Nº 203-2014-SUNAT (28.06.2014), se estableció que a partir del 01.07.2014 se modifica el porcentaje de detracción de
12% a 10% a los numerales 5 y 10 del anexo 3 de la R.S. Nº 183-2004-SUNAT, los cuales son:

Numeral 5: Otros Servicios Empresariales
-          Actividades de Contabilidad, teneduría de libros y auditoria, asesoramiento en materia de impuesto.
-          Investigación de mercados y realización de encuestas
-          Actividades de asesoramiento empresarial y de gestión
-          Actividades de Arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico
-          Publicidad
-          Actividades de investigación y seguridad
-          Actividades de limpieza de edificios
-          Actividades de envase y empaque

Hasta el 30.06.2014 es 12%, a partir del 01.07.2014 es 10%.

Numeral 10: Demás Servicios gravados con el IGV
-          A toda prestación de servicios que no se incluya en otros numerales del Anexo 3 (R.S. Nº 1873-2004/SUNAT)

Hasta el 30.06.2014 es 12%, a partir del 01.07.2014 es 10%.

Vigencia:
La presente resolución entrara en vigencia el día Martes 01 de Julio del 2014 y es aplicable a aquellas operaciones cuyo momento para efectuar el deposito se produzca a partir de dicha fecha.



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