MATERIA:
Se plantea el supuesto de una operación de compraventa de concentrado de mineral gravada con el Impuesto General a las Ventas (IGV) y sujeta al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT), por la que el vendedor emite una factura en moneda extranjera( 1 ), cuyo valor de venta es posteriormente modificado a través de una nota de débito emitida en el mismo tipo de moneda. Al respecto, se consulta si a efectos de realizar el depósito de la detracción a que obliga el SPOT, el tipo de cambio que se debe utilizar para la conversión a moneda nacional es el de la fecha de emisión de la nota de débito o el de la fecha de emisión de la factura.
BASE LEGAL: -
Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N.° 940 referente al SPOT, aprobado por Decreto Supremo N.° 155-2004-EF, publicado el 14.11.2004 y normas modificatorias. - Normas para la aplicación del SPOT al que se refiere el Decreto Legislativo N.° 940, aprobadas por Resolución de Superintendencia N.° 183- 2004/SUNAT, publicada el 15.8.2004 y normas modificatorias. - Texto Único Ordenado de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 055-99-EF, publicada el 15.4.1999 y normas modificatorias (en adelante TUO de la Ley del IGV). - Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 029-94-EF, publicado el 29.3.1994 y normas modificatorias (en adelante, Reglamento de la Ley del IGV). - Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 007-99/SUNAT, publicada el 24.1.1999 y normas modificatorias.
CONCLUSIÓN:
En caso se emita una factura en moneda extranjera por una operación sujeta al SPOT y esta sea posteriormente modificada con una nota de débito emitida en la misma moneda, el tipo de cambio que se deberá utilizar para efectos de efectuar el depósito correspondiente a dicho sistema será el promedio ponderado venta publicado por la SBS en la fecha de emisión de la citada factura.
http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2016/informe-oficios/i118-2016.pdf
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