jueves, 27 de octubre de 2016

CTS : CONSULTA SE DEBE INFORMAR EL MONTO INTANGIBLE EL 31.10.2016 A LAS ENTIDADES DEPOSITARIAS?



CTS : CONSULTA SE DEBE INFORMAR EL MONTO INTANGIBLE EL 31.10.2016 A LAS ENTIDADES DEPOSITARIAS?

El día 01.10.2016 se publicó el D.S. Nº 012-2016-TR, en la cual precisan lo siguiente:

COMUNICACIÓN A LAS ENTIDADES FINANCIERAS
Los empleadores deberán comunicar a las entidades financieras a pedido de los trabajadores el monto intangible de cada trabajador.

Dicha comunicación no deberá exceder el plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del requerimiento del trabajador.

Es decir:
Al 31.10.2016 no se debe informar a las entidades depositarias, si no cuando el trabajador solicite el 100% del exceso de las 4 Remuneraciones.




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