Por tanto, será constitucionalmente válida la existencia de diferencias remunerativas, siempre y cuando concurran variables que lo justifiquen, señala la autoridad laboral mediante la Resolución de Intendencia Nº 047-2016-Sunafil/ILM.
Así, entre las variables que lo podrían justificar se encuentran factores como el conocimiento, calificación profesional y curricular, responsabilidad en el cargo, antigüedad laboral, el rendimiento, la eficacia y calidad del trabajo, da cuenta un informe de Yataco Arias Abogados.
Mediante Resolución Nº 138-2016-Sunafil/ILM también se precisó que la reducción unilateral de comisiones deberá encontrarse debidamente justificada.
http://www.elperuano.com.pe/noticia-diferencias-salariales-deberan-justificarse-47437.aspx
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