En
las ultimas fiscalizaciones por parte de la Administración Tributaria (SUNAT),
se encuentra solicitando LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO del establecimiento
comercial o de servicio, donde figura la dirección del domicilio fiscal
registrado en su ficha del Registro Único de Contribuyentes (RUC), de esta
manera la Administración verifica que la realización de actividades económicas,
se encuentren legalmente permitidas, y que se acredite la formalidad de su
negocio. Lo mencionado es conforme a la facultad fiscalizadora amparada en el
Artículo 62º del Código Tributario.
Cabe
precisar que de no cumplir con lo solicitado, se configura una infracción
prevista en el numeral 1 del artículo 177º del Código Tributario. (0.6% de los
IN, no podrá ser menor al 10% de la UIT, ni mayor de 25 UIT)
Por
lo que sugerimos verificar el cumplimiento de la Licencia de Funcionamiento
expedida por el Municipio correspondiente, y así evitar las sanciones
tributarias.
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