Resolución de
Superintendencia N° 098-2017/SUNAT, publicado el viernes 14 de abril de 2017.
La norma materia de comentario tiene por
finalidad aprobar las normas que regulan la forma y condiciones para la
presentación de la Solicitud de acogimiento al Fraccionamiento
Especial de deudas tributarias y otros ingresos administrados por la SUNAT cuyo
objetivo es sincerar la deuda tributaria y otros ingresos administrados por la
SUNAT (FRAES) y para el
pago al contado o fraccionado de dicho fraccionamiento y el procedimiento a
seguir respecto de fraccionamientos aprobados.
Asimismo,
entre otros aspectos, se aprueba el Formulario Virtual N.° 1700 – “Formulario
Virtual de Fraccionamiento FRAES” y el procedimiento a seguirse para la
elaboración de la solicitud de acogimiento mediante dicho formulario.
Adicionalmente,
se propone el uso del Número de Pago SUNAT regulado por la Resolución de
Superintendencia N.° 038-2010/SUNAT y del Sistema de Pago Fácil regulado por la
Resolución de Superintendencia N° 125-2003/SUNAT para el pago al contado o
fraccionado del citado beneficio.
Vigencia
Lo dispuesto
en la presente resolución entra en vigencia el 17 de abril de 2017 con
excepción de los artículos 4 (de la solicitud de acogimiento en el caso de personas naturales con deuda
aduanera y que no cuentan con numero de ruc) y 11° (de los fraccionamientos aprobados) que entran en vigencia el 29 de mayo de 2017 y el 15 de junio de
2017, respectivamente.
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