Decreto
Supremo Nº 007-2016-TR
Mediante el presente Decreto Supremo (19.05.2016), se otorga facilidades
a miembros de mesa y electores en el marco de la segunda elección de las
elecciones generales 2016.
- Día
no laborable compensable para miembros de mesa
El día
Lunes 06 de junio de 2016, se declara día
no laborable de naturaleza compensable, para los ciudadanos que
desempeñen el cargo de miembro de mesa.
- Certificado
de Participación
La ONPE otorga
a cada miembro de mesa, un certificado de participación por cumplir con su
deber cívico, el cual deberá ser presentado a su empleador al momento de
reintegrarse a sus labores.
- Facilidades
para ejercer el derecho a voto
Los
trabajadores de los sectores públicos y privado que presten servicios en ámbitos
geográficos distintos a su lugar de votación que ejerzan su derecho a voto en
la segunda elección 2016, no laboraran los días viernes 03, sábado 04, domingo
05 y lunes 06 de junio del presente año.
En el
sector privado, mediante acuerdo entre el trabajador y empleador, se establecerá
la forma de recuperación de los días no laborados, a falta de acuerdo, decidirá
el empleador.
En el
sector público, los titulares de las entidades adoptaran las medidas necesarias
para la recuperación.
- Tolerancia
en la jornada de trabajo
Los
trabajadores de los sectores públicos y privados, que coincida sus jornadas de
trabajo con la segunda vuelta electoral, tienen derecho a periodos de tolerancia
en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho a voto.