domingo, 20 de octubre de 2013

INFORME SUNAT SOBRE ASISTENCIA TECNICA_OPTIMIZAR PROCESOS PRODUCTIVOS

INFORME N.° 139-2013-SUNAT/4B0000

 
Teniendo en cuenta que uno de los elementos caracterizadores del concepto de asistencia técnica a que se refiere el inciso c) del artículo 4°-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, es que dicho servicio debe ser uno necesario en el proceso productivo, de comercialización, de prestación de servicios o de cualquier otra actividad realizada por el usuario,

Se consulta si califican como asistencia técnica los servicios que reúnen los demás elementos caracterizadores de dicho concepto, y que tienen por finalidad mejorar, modernizar, renovar, desarrollar u optimizar tales procesos (o una etapa de los mismos) y sin los cuales no se podrían desarrollar esos procesos.

CONCLUSIONES:
Los servicios que tienen por finalidad mejorar, modernizar, renovar, desarrollar u optimizar el procesos productivo, de comercialización, de prestación de servicios o de cualquier otra actividad realizada por el usuario (o una etapa de los mismos) y sin los cuales no se podrían desarrollar esos procesos, que reúnen los demás elementos caracterizadores del concepto de asistencia técnica, califican dentro de dicho concepto.

Descargar el Informe:
http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2013/informe-oficios/i139-2013.pdf

 


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