La Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) constituye una declaración jurada por medio de la cual el Declarante informa sus Operaciones con Terceros, clientes y proveedores permitiendo así que la SUNAT efectúe el respectivo cruce de información a efectos de detectar posibles incumplimientos de obligaciones tributarias.
Mediante la Resolución de Superintendencia que aprueba el Cronograma de Vencimientos para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros correspondiente al Ejercicio 2011. (Publicado el día 18.02.2012)
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 027-2012/SUNAT.
En el articulo 1º, se aprueba el siguiente cronograma:
ULTIMO DIGITO | VENCIMIENTO |
RUC | |
5 | 27.02.2012 |
6 | 28.02.2012 |
7 | 29.02.2012 |
8 | 01.03.2012 |
9 | 02.03.2012 |
0 | 05.03.2012 |
1 | 06.03.2012 |
2 | 07.03.2012 |
3 | 08.03.2012 |
4 | 09.03.2012 |
Buenos Contrib. | 12.03.2012 |
En el articulo 2º, se menciona las condiciones para los contribuyentes que se encuentran obligados:
a) El monto de las ventas internas haya sido superior a 75 UIT. (S/. 270,000.00).
b) El monto de las adquisiones de bienes, servicios o contratos de construcción haya sido superior a las 75 UIT. (S/. 270,000.00)
Para efectuar la declaración, se utilizara el PDT Nº 3500, versión 3.3.
Incumplimiento de la Declaración:
Se incurre en infracción por no presentar la DAOT dentro de los plazos establecidos o por presentar las declaraciones o comunicaciones en forma incompleta o no conforme con la realidad, tal como se detalla a continuación.
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