Mediante
R.S. Nº 071-2018/SUNAT (03.03.2018), se modifico a doce por ciento (12%) el
porcentaje aplicable
para
la determinacion del deposito, tratandose de los servicios señalados en los
numerales 1, 3, 5 y 10 del
anexo
3 de la R.S. Nº 183-2004/SUNAT.
Entra
en vigencia el 01 de abril de 2018 y se aplica a las operaciones cuyo
nacimiento de la obligación tributaria
del
impuesto general a las ventas se origine a partir de dicha fecha.
Nº
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Descripción
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Hasta 31.03.2018
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A Partir del 01.04.2018
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1
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Intermediación
laboral y tercerización
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10%
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12%
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3
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Mantenimiento
y Reparación de bienes muebles
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10%
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12%
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5
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Otros
servicios empresariales
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10%
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12%
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10
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Demás
servicios gravados con IGV
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10%
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12%
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