lunes, 6 de junio de 2016

IMPLEMENTACIONDE LACTARIOS

El 16 de junio de 2016, toda entidad del sector público y sector privado que cuente con 20 o más trabajadoras en edad fértil deben implementar un lactario

Mediante D.S. Nº 001-2016-MIMP (09.02.2016), establecen la implementación de lactarios
en las instituciones del sector público y del sector privado promoviendo la lactancia materna.

Los centros de trabajo del sector público y privado donde laboren 20 o más mujeres en edad fértil deben contar con un lactario, el cual es un ambiente apropiadamente implementado para la extracción y conservación adecuada de la leche materna durante el horario de trabajo que reúne las condiciones mínimas que garantizan su funcionamiento óptimo como son: privacidad, comodidad e higiene, así como el respeto a la dignidad y la salud integral de las mujeres y del niño o niña, hasta los dos primeros años de vida.

La edad fértil establecida en la norma considera a las mujeres que se encuentren entre los 15 a 49 años de edad.

El plazo de implementación de lactarios es de noventa (90) Días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto.

El incumplimiento del presente Decreto es considerado como una infracción grave (Hasta 100 UIT).



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