La empresa La Nadadora Olímpica SAC, tiene facturas negociables por cobrar a 120 días y por dichas facturas realiza la operación de factoring, el importe es de S/. 15,000.00 | ||||
ASIENTO CONTABLE: | ||||
El asiento contable sugerido es. | ||||
CUENTA | DESCRIPCION | DEBE | HABER | |
***************** 1 ****************** | ||||
12 | Cuentas por cobrar Comerciales | 15,000.00 | ||
121 | Facturas, Boletas y otros comprob. Por cobrar | |||
40 | Tributos, contraprestaciones y aportes por pagar | 2,288.14 | ||
4011 | Impuesto General a las Ventas | |||
70 | Ventas | 12,711.86 | ||
701 | Mercaderìas | |||
*/* | Por la venta de mercaderìa | |||
***************** 2 ****************** | ||||
16 | Cuentas por cobrar Diversas | 15,000.00 | ||
166 | Activos por instrumentos financieros | |||
12 | Cuentas por cobrar Comerciales | 15,000.00 | ||
121 | Facturas, Boletas y otros comprob. Por cobrar | |||
*/* | Por la entrega y endoso de la factura negociable | |||
a la entidad financiera | ||||
***************** 3 ****************** | ||||
10 | Efectivo y equivalente de efectivo | 14,670.00 | ||
104 | Cuentas corrientes | |||
67 | Gastos Financieros | 330.00 | ||
674 | Gastos en operaciones de factoraje (Factoring) | |||
16 | Cuentas por cobrar Diversas | 15,000.00 | ||
166 | Activos por instrumentos financieros | |||
*/* | Por la cancelación de las facturas | |||
***************** 4 ****************** | ||||
97 | Gastos Financieros | 330.00 | ||
79 | Cargas Imputables a cuentas de costos y gastos | 330.00 | ||
*/* | Por el destino de los gastos | |||
Tips Tributarios, Contables y Laborales en TAX PERU
|
C.P.C. MARTIN CORTEZ CASTRO - El presente Blog esta comprometido a compartir la informaciòn Contable, Tributario y Laboral, para contribuir al desarrollo del profesional contable.
jueves, 26 de noviembre de 2015
CASO PRACTICO DE FACTURAS NEGOCIABLES
miércoles, 25 de noviembre de 2015
PROLONGAN DESCANSO POR MATERNIDAD Y PROTEGEN A MADRE TRABAJADORA
Mediante la Ley Nº 30367
(25.11.2015) se publica la Ley que protege a la madre trabajadora contra el
despido arbitrario y prolonga su período de descanso.
PROTEGEN A MADRE TRABAJADORA
Se modifica el artículo 29º del
TUO D.L. 728 por:
“El embarazo, el nacimiento y sus
consecuencias o la lactancia, si el despido se produce en cualquier momento del
periodo de gestación o dentro de los 90 (noventa) días posteriores al
nacimiento. Se presume que el despido tiene por motivo el embarazo, el nacimiento
y sus consecuencias o la lactancia, si el empleador no acredita en estos casos
la existencia de causa justa para despedir.
Lo dispuesto en el presente
inciso es aplicable siempre que el empleador hubiere sido notificado
documentalmente del embarazo en forma previa al despido y no enerva la facultad
del empleador de despedir por causa justa.”
PROLONGAN DESCANSO POR MATERNIDAD
Se modifica el artículo 1º de la
Ley Nº 26644 por:
“Precisase que es derecho de la
trabajadora gestante gozar de 49 días de descanso prenatal y 49 días de
descanso postnatal. El goce de descanso prenatal podrá ser diferido, parcial o
totalmente y acumulado por el postnatal, a decisión de la trabajadora gestante.
Tal decisión deberá ser comunicada al empleador con una antelación no menor de
dos meses a la fecha probable de parto.”
Vigencia:
La presente Ley entra en vigencia
a partir del día 26 de Noviembre del 2015.
Tips Tributarios, Contables y
Laborales en TAX PERU
viernes, 6 de noviembre de 2015
MODIFICAN VIGENCIA DE ANOTAR LA PLACA VEHICULAR EN LOS COMPROBANTES DE PAGO
Mediante la R.S. Nº 300-2015/SUNAT, (31.10.2015) la Administración
Tributaria ha modificado la vigencia de anotar la placa vehicular en los
comprobantes de pago, establecida en la R.S. Nº 185-2015/SUNAT.
A partir del 01.11.2015
- Cuando exista la cesión
en uso de vehículos automotores, si al momento de la emisión del
comprobante de pago, se conoce ese dato.
- En la prestación de
servicios de mantenimiento, seguros, reparación y similares para vehículos
automotores, se debe consignar el número de placa del vehículo automotor
respectivo.
A partir del 01.07.2016
- En la venta al público
de combustible para vehículos automotores, cuando se despache el
combustible directamente al tanque de dicho vehículo.
Tips Tributarios, Contables y Laborales en TAX PERU
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