miércoles, 21 de octubre de 2015

CONTABILIDAD MANUAL Y REGISTROS DE COMPRAS Y VENTAS COMPUTARIZADO

La Srta. Sandy López, estudiante de la Universidad Autonoma del Perú,   ha realizado la siguiente consulta al Blog:

Consulta:

¿Una empresa tiene contabilidad manual, puede llevar los registros de compras y ventas en forma mecanizada (computarizada)?

Respuesta:

Mediante la RTF (Resolución del Tribunal Fiscal) Nº 1006-4-1999, el Tribunal Fiscal menciona que es preciso anotar que los Registros de Ventas y Compras, de conformidad con el artículo 37º de la Ley del IGV aprobada por Decreto Legislativo Nº 821, constituyen libros auxiliares que deben llevar los contribuyentes del referido impuesto, cuya información se encuentra consignada en los Libros Principales de Contabilidad (Artículo 33º Código de Comercio), como son el Libro Diario y Mayor.

En consecuencia el hecho que la recurrente lleve los registros de compras y ventas en forma computarizada no significa que haya cambiado su sistema de contabilidad manual a computarizado, ya que sus demás Libros Contables, entre los cuales se encuentran los Libros Principales de Contabilidad, los continua llevando en forma manual.

En virtud de lo expuesto por el Tribunal Fiscal es conforme a ley llevar el sistema de contabilidad en forma manual y a la vez llevar los registros de compras y ventas de manera computarizada.



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