Decreto Supremo
Nº 008-2015-TR, publicado el día 12 de Setiembre de 2015.
Mediante Decreto
Supremo, declaran día no laborable en Lima y Callao, para los trabajadores de
los Sectores Público y Privado, el día viernes 9 de octubre de 2015, por
realizarse las Reuniones Anuales 2015 de las Junas de Gobernadores del Grupo
del Banco Mundial (BM) y del Fondo Monetario Internacional (FMI).
Para los fines
tributarios, dicho día será considerado hábil.
En el sector
Publico, las horas dejadas de laborar en el día declarado no laborable, serán compensadas
en los días inmediatos posteriores o en la oportunidad que establezca el
titular de cada entidad.
En el sector
privado, mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, se establecerá
la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar,
a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
Las entidades y
empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realicen
actividades sanitarias y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad,
agua, desagüe y combustibles, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones,
transporte, puertos, aeropuertos y vigilancia están facultadas para determinar
los puestos de trabajo que están excluidos del día no laborable.
Los hoteles y
establecimientos de hospedaje que reciban y presten servicios a huéspedes, también
están facultados para determinar los puestos de trabajo que están excluidos del
día no laborable.
Tips Tributarios, Contables y
Laborales en TAX PERU
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