martes, 18 de agosto de 2015

R.S. ESSALUD SOBRE REGISTRO DE CONCUBINOS

Mediante la Resolución de Gerencia Central de seguros y prestaciones económicas Nº 19-GCSPE-ESSALUD-2015, publicado el día 18 de Agosto de 2015,
dispone que el registro en ESSALUD de los concubinos como asegurados derechohabientes del seguro regular y seguro de salud agrario (dependientes e independientes),
se realice con la presentación de una  copia simple del documento de reconocimiento de unión de hecho, conforme a resolución judicial o por escritura pública de reconocimiento,
según el tramite señalado en la Ley Nº 29560, Ley que amplía la Ley Nº 26662, Ley de competencia notarial en asuntos no contenciosos y la Ley Nº 26887, Ley general de sociedades.


Esta disposición entrara en vigencia, culminado el plazo de tres (3) meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.



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