Mediante la Resolución de Gerencia Central de seguros y
prestaciones económicas Nº 19-GCSPE-ESSALUD-2015, publicado el día 18 de Agosto
de 2015,
dispone que el registro en ESSALUD de los concubinos como
asegurados derechohabientes del seguro regular y seguro de salud agrario
(dependientes e independientes),
se realice con la presentación de una copia simple del
documento de reconocimiento de unión de hecho, conforme a resolución judicial o
por escritura pública de reconocimiento,
según el tramite señalado en la Ley Nº 29560, Ley que amplía
la Ley Nº 26662, Ley de competencia notarial en asuntos no contenciosos y la
Ley Nº 26887, Ley general de sociedades.
Esta disposición entrara en vigencia, culminado el plazo de
tres (3) meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la
presente resolución.
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