La Srta Milagros Rivera ha realizado la siguiente consulta al Blog:
Cuál es el nacimiento de la obligación tributaria de IGV (Impuesto
General a las Ventas) y Retención de Renta en una operación con un sujeto No
Domiciliado?
Respuesta:
NACIMIENTO
IGV
En la utilización en el país de servicios prestados
por no domiciliados, en la fecha en que se anote el comprobante de pago, en el
Registro de Compras o en la fecha en que se pague la retribución, lo que ocurra
primero.
(Inciso
d) Artículo 4º TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e ISC)
NACIMIENTO
DE RETENCION DE RENTA
Las personas deberán retener el impuesto que
corresponda a los beneficiarios no domiciliados por las rentas de fuente Peruana,
en la oportunidad en la que se produzca el pago o acreditación de la misma.
(Artículo
76º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta)
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