martes, 4 de febrero de 2014

REDUCEN LA TASA DEL REGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV, ESTABLECIDO POR LA R.S. Nº 037-2002/SUNAT

Mediante la R.S. Nº 033-2014/SUNAT (01.02.2014), se sustituye el artículo 6º de la R.S. Nº 037-2002/SUNAT, sobre la tasa de retención del 6% al 3%, que regula el Régimen de Retenciones del IGV, por el siguiente texto:
TASA DE RETENCION
El monto de la retención será el tres por ciento (3%) del importe de la operación.
Vigencia:
La presente resolución entrará en vigencia el 01 de Marzo del 2014 y será aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del Impuesto General a las Ventas se genere a partir de dicha fecha.



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