viernes, 19 de enero de 2018

SUSPENSION RENTA DE CUARTA CATEGORIA AÑO 2018

R.S. Nº 018-2018/SUNAT (18.01.2018)
Excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría correspondientes al Ejercicio Gravable 2018

IMPORTES APLICABLES PARA EL EJERCICIO 2018
Para el ejercicio gravable 2018, los importes a que se refieren los supuestos previstos en los literales a) y b) del
numeral 2.1 del artículo 2° y los literales a) y b) de los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3° de la Resolución de Superintendencia Nº 013-2007/SUNAT son los siguientes:

a) Tratándose del supuesto contemplado en el literal a) del numeral 2.1 del artículo 2°: S/ 3 026,00 (tres mil veintiséis y 00/100 soles) mensuales.

b) Tratándose del supuesto contemplado en el literal b) del numeral 2.1 del artículo 2°: S/ 2 421,00 (dos mil cuatrocientos veintiún y 00/100 soles) mensuales.

c) Tratándose de los supuestos contemplados en el literal a) de los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3°: S/ 36 313,00 (treinta y seis mil trescientos trece y
00/100 soles) anuales.

d) Tratándose de los supuestos contemplados en el literal b)       de los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3°: S/ 29 050,00 (veintinueve mil cincuenta y 00/100 soles) anuales.





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