miércoles, 21 de febrero de 2018

DATOS OBLIGATORIOS EN EL T-REGISTRO Y PLANILLA ELECTRONICA




Mediante la R.M. Nº 242-2017-TR (30.12.2017), se debe informar la siguiente información en el T-REGISTRO y en la Planilla Electrónica:

·       *  Entidad Bancaria donde depositan las remuneraciones
·        * Número de cuenta de remuneraciones
·        *  Numero de celular del trabajador
·        *  Correo electrónico del trabajador.

Registro del número de teléfono móvil y correo electrónico de contacto
Los empleadores deben registrar en el Registro de Información Laboral (T-REGISTRO) de la Planilla Electrónica el número de teléfono móvil y el correo electrónico de contacto de todos los trabajadores cuyas altas se registren a partir del 1 de marzo de 2018

Registro de la empresa del sistema financiero y número de cuenta en la que el empleador abona la remuneración
Empleadores Plazo para la actualización :
Con más de 10 trabajadores Hasta el 28 de febrero de 2018
De 01 a 10 trabajadores Hasta el 31 de marzo de 2018



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Donatarios informen a la SUNAT sobre los fondos y bienes recibidos y su aplicación



Mediante RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 040-2016/SUNAT (12.02.2016), se dispuso el Formulario Virtual N° 1679 – Declaración Jurada de Información sobre Donaciones Recibidas y su Aplicación, el cual debe ser utilizado por las donatarias para la presentación de su Declaración, incluso si estas no tuvieran información que declarar.

La presentación de la Declaración deberá realizarse dentro de los dos primeros meses (Enero y Febrero) de cada ejercicio.

Vencimiento del plazo: 28.02.2018




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DAOT 2017 - INICIA 01.03.2018

Estimados
Mediante la R.S. Nº 036-2016/SUNAT, se estableció lo siguiente.

DECLARACION ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS - DAOT
Se encuentran obligados a presentar la declaración los sujetos que cumplan cualquiera de las siguientes condiciones:

*  Estén obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV durante el ejercicio y siempre que por dicho ejercicio cumplan con
     cualquiera de las siguientes condiciones adicionales:

*  El monto de sus ventas internas haya sido superior a las setenta y cinco (75) UIT. Para tal efecto se consideran los montos declarados en las casillas
    100, 105, 109, 112 y 160 del PDT 621 IGV - Renta Mensual y/o en las casillas 100, 105 y 109 del Formulario Virtual 621 IGV - Renta Mensual y/o en la casilla
   100 del Formulario Virtual N.° 621 Simplificado IGV - Renta Mensual.

*  El monto de sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción haya sido superior a las setenta y cinco (75) UIT. Para tal efecto se consideran
    los montos declarados en las casillas 107, 110, 113 y 120 del PDT 621 IGV - Renta Mensual y/o en las casillas 107, 113 y 120 del Formulario Virtual 621 IGV - Renta
    Mensual y/o en la casilla 107 del Formulario Virtual N.° 621 Simplificado IGV - Renta Mensual.

La UIT a considerar es la vigente durante el ejercicio al que corresponda la declaración a efectuar.”. (UIT 2017 = S/. 4,050.00) (75 UIT = S/. 303,750.00)

PLAZO DE PRESENTACION

ULTIMO DIGITO
Vencimiento
RUC

0
Primer día hábil de marzo
1
Segundo día hábil de marzo
2 Y 3
Tercer día hábil de marzo
4 Y 5
Cuarto día hábil de marzo
6 Y 7
Quinto día hábil de marzo
8 Y 9
Sexto día hábil de marzo
Buenos Cont.
Séptimo día hábil de marzo


CRONOGRAMA DAOT 2017

ULTIMO DIGITO
Vencimiento
RUC

0
01/03/2018
1
02/03/2018
2 Y 3
05/03/2018
4 Y 5
06/03/2018
6 Y 7
07/03/2018
8 Y 9
08/03/2018
Buenos Cont.
09/03/2018





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Declaración Jurada de Precios de Transferencia - Cronograma de Vencimientos – Reporte Local

La declaración correspondiente al ejercicio 2016 se presentará de acuerdo con el siguiente cronograma: ULTIMO DÍGITO ...