miércoles, 30 de enero de 2013

AFP - ELECCION DEL ESQUEMA DE COMISION

Mediante la  LEY Nº 29903 (19.07.2012), se aprobó la reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP), en la cual manifestaba que los afiliados deben elegir el tipo de comisión, por lo que compartimos lo siguiente:

Como parte de los cambios de la Ley de Reforma del SPP, desde el 02 de enero al 31 de marzo de 2013 los afiliados tendrán la posibilidad de decidir si desean quedarse en el modelo de comisión actual, comisión sobre la remuneración (el flujo), o de lo contrario pasar automáticamente al nuevo modelo de comisión mixta
Características de los esquemas de comisiones

Comisión sobre el Flujo
Comisión Mixta
Es el esquema de comisión que se utiliza actualmente.
Es un nuevo esquema de comisión creado por la Ley de Reforma del SPP.
Resulta de aplicar el porcentaje de comisión sobre su remuneración mensual.
Está compuesto por 2 componentes:
Un porcentaje que se cobrará sobre su remuneración mensual, que se irá reduciendo cada dos años hasta llegar a cero en el año 2023.
MÁS
Un porcentaje que se cobrará sobre el fondo conformado por los aportes que realice desde abril de 2013 en adelante y el rendimiento acumulado que estos aportes generen en su cuenta individual de capitalización (CIC).

La comisión mixta no se aplicará al saldo de su fondo acumulado al 31 de marzo de 2013.
La comisión sobre el flujo se cobra cada vez que se realizan aportes mensuales.
En el caso el afiliado deje de realizar aportes, solo se le cobrará el componente de la comisión sobre su fondo acumulado desde abril de 2013.
En caso decida quedarse en este tipo de comisión deberá realizar el trámite respectivo hasta el 31 de marzo de 2013.
En caso decida pasar al nuevo esquema de comisión no deberá realizar ningún trámite. Terminado el plazo de elección pasará automáticamente al esquema de comisión mixta.
El afiliado podrá revocar su decisión de quedarse en la comisión sobre el flujo y migrar a la comisión mixta hasta el 30 de setiembre de 2013.
En caso de pasar a la comisión mixta, no podrá regresar nunca a la Comisión sobre remuneración (Flujo).

Plazo para elegir la comisión sobre la remuneración (flujo)
Los afiliados tendrán del 02 de enero al 31 de marzo de 2013 para manifestar su decisión de quedarse en el modelo de comisión sobre remuneración (flujo).

Proceso de Elección del tipo de comisión
Los afiliados podrán realizar su elección de 3 maneras:

1. Presencialmente, acercándose a cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional para poder llenar el formato de “Selección de Comisión por Flujo”. Deberán acercarse con su DNI para poder realizar el trámite.

2. Por correo postal certificado, para ello deberán enviar el formato de “Selección de Comisión por Remuneración (Flujo)” debidamente lleno y firmado junto a una copia de su DNI a través de un correo postal certificado a Calle Chinchón 980- San Isidro – Lima con atención al departamento de “Elección Tipo de Comisión”.

3. Por la página web, ingresando a su sitio Personal en www.prima.com.pe. Para poder elegir la comisión por remuneración (flujo).


Fuente:
www.prima.com.pe

 

Tips Tributarios, Contables y Laborales en TAX PERU (Facebook)

 

 

 

lunes, 28 de enero de 2013

DETRACCION A LA VENTA DE INMUEBLES GRAVADAS CON EL IGV

Mediante la R.S. Nº 022-2013/SUNAT, publicada el día 24.01.2013, se ha modificado la R.S. Nº 183-2004/SUNAT, incorporándose la detracción a la venta de bienes inmuebles gravados con el Impuesto General a las Ventas.
 
Porcentaje aplicable
 
Se aplicara el porcentaje del 4% del importe de la operación.

Obligados a efectuar el depósito:

El sujeto obligado a efectuar el depósito es el adquirente cuando el comprobante de pago emitido permita ejercer el derecho al crédito fiscal o sustentar gasto o costo para efecto tributario, en caso contrario, el sujeto obligado será el proveedor del inmueble.  

Asimismo el proveedor del inmueble será el obligado a efectuar el depósito cuando haya recibido la totalidad del importe de la operación sin que el adquirente haya acreditado el depósito respectivo.

Momento para efectuar al detracción:

El depósito se deberá efectuar hasta la fecha de pago parcial o total al proveedor del inmueble o dentro del quinto día hábil del mes siguiente a aquel en que se efectúe la anotación del comprobante de pago en el Registro de Compras, lo que ocurra primero, o hasta la fecha de pago parcial o total al proveedor del inmueble cuando se emitan comprobantes de pago que no dan derecho al crédito fiscal o hasta el quinto día hábil siguiente de recibida la totalidad del importe cuando el inicialmente obligado no haya efectuado el depósito correspondiente.  Se debe acreditar el pago ante Notario.

Código del Bien:

040      Bien Inmueble gravado con IGV

Código de la Operación:

01        Venta de bienes muebles o inmuebles prestación de servicios o contratos de construcción gravados con el IGV.

 
Vigencia.

La presente resolución entrara en vigencia el día 01 de Febrero de 2013.

  

Tips Tributarios, Contables y Laborales en TAX PERU (Facebook)

DAOT 2012-DECLARACION ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS

La Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) constituye una declaración jurada por medio de la cual el Declarante informa sus Operaciones con Terceros, clientes y proveedores permitiendo así que la SUNAT efectúe el respectivo cruce de información a efectos de detectar posibles incumplimientos de obligaciones tributarias.

Mediante la Resolución de Superintendencia que aprueba el Cronograma de Vencimientos para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros correspondiente al Ejercicio 2012. (Publicado el día 17.01.2013)

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 014-2013/SUNAT.

En el artículo 1º, se aprueba el siguiente cronograma:
 
ULTIMO DIGITO
VENCIMIENTO
RUC
6
15.02.2013
7
18.02.2013
8
19.02.2013
9
20.02.2013
0
21.02.2013
1
22.02.2013
2
25.02.2013
3
26.02.2013
4
27.02.2013
5
28.02.2013
Buenos Contrib.
01.03.2013

 
En el artículo 2º, se menciona las condiciones para los contribuyentes que se encuentran obligados:

   a) El monto de las ventas internas haya sido superior a 75 UIT. (S/. 273,750.00).

   b) El monto de las adquisiones de bienes, servicios o contratos de construcción haya sido superior a las 75 UIT. (S/. 273,750.00)

    UIT Año 2012 = S/. 3,650.00

Para efectuar la declaración, se utilizara el PDT Nº 3500, versión 3.3

Incumplimiento de la Declaración:

La sanción por no presentar es el 30% de la UIT, si subsana la infracción antes que surta efecto la notificación por parte de SUNAT, tendrá una gradualidad del 100%.

Recuerde que:

El sujeto obligado deberá incluir en la DAOT, las Operaciones con Terceros que el declarante hubiera realizado durante el ejercicio en calidad de proveedor o cli­ente. Siempre que dicha suma sea mayor a dos (2) UIT. Para el ejercicio 2012 será de S/. 7,300.00.

 


Tips Tributarios, Contables y Laborales en TAX PERU (Facebook)

sábado, 29 de diciembre de 2012

RENTA DE CUARTA CATEGORIA AÑO 2013 – EXCEPCION DE RETENCION

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 305-2012/SUNAT
Mediante la presente resolución publicada el día 28 de diciembre de 2012, dictan normas relativas a la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y a la suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta, respecto del impuesto a la renta por rentas de cuarta categoría correspondientes al ejercicio gravable 2013.

IMPORTES APLICABLES PARA EL EJERCICIO 2013
Para el ejercicio gravable 2013, los importes a que se refieren los supuestos previstos en los literales a) y b) del numeral 2.1 del artículo 2° y los literales a) y b) de los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3° de la resolución de superintendencia N° 013-2007/SUNAT, serán los siguientes:

a)    Tratándose del supuesto contemplado en el literal a) del numeral 2.1 del artículo 2°: S/. 2,698.00 (Dos mil seiscientos noventa y ocho y 00/100 Nuevos Soles) mensuales.

b)    Tratándose del supuesto contemplado en el literal b) del numeral 2.1 del artículo 2°: S/. 2,158.00 (Dos mil ciento cincuenta y ocho y 00/100 Nuevos Soles) mensuales.

c)    Tratándose del supuesto contemplado en el literal a) del numeral 3.1 y 3.2 del artículo 3°: S/. 32,375.00 (Treinta y dos mil trescientos setenta y cinco y 00/100 Nuevos Soles) anuales.

d)    Tratándose del supuesto contemplado en el literal a) del numeral 3.1 y 3.2 del artículo 3°: S/. 25,900.00 (Veinticinco mil novecientos y 00/100 Nuevos Soles) anuales.

FORMATOS PARA LA PRESENTACION EXCEPCIONAL DE LA SOLICITUD
Los contribuyentes que excepcionalmente presenten la solicitud de suspensión de acuerdo a lo previsto en el articulo 6° de la resolución de superintendencia N° 013-2007/SUNAT, utilizaran el formulario anexo a la resolución N° 4-2009/SUNAT, denominado Guía para efectuar la solicitud de suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta, el cual se encontrara a disposición de los interesados en SUNAT Virtual a partir del 02 de enero de 2013.

  
Tips Tributarios, Contables y Laborales en TAX PERU (Facebook)

CRONOGRAMA DECLARACIONES JURADAS AÑO 2012

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 304-2012/SUNAT

Mediante la presente resolución publicada el día 28 de diciembre de 2012, se ha establecido el cronograma para la declaración jurada anual 2012 y los PDT a utilizar:

  • PDT 681 – Renta Anual 2012 – Persona Natural y Otras Rentas
  • PDT 682 – Renta Anual 2012 – Tercera Categoría

Dichos PDT estarán a disposición de los contribuyentes a partir del 07 de Enero de 2013 en SUNAT Virtual.

  • Formulario Virtual N° 681 – Simplificado Renta Anual 2012 – Persona Natural, estará disponible en SUNAT Virtual a partir del 15 de Febrero de 2013.

Cronograma D.J. 2012:

 
 
ULTIMO DIGITO
FECHA DE
DEL RUC
VENCIMIENTO
0
22/03/2013
1
25/03/2013
2 y 3
26/03/2013
4 y 5
27/03/2013
6 y 7
01/04/2013
8 y 9
02/04/2013


Declaración de las Donaciones:
Los sujetos que hubieran generado rentas o perdidas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General del Impuesto en el ejercicio gravable 2012 y deduzcan en dicho ejercicio, gastos por concepto de donaciones al amparo de los dispuesto en el inciso x) del articulo 37° de la Ley, deberán declarar en el PDT N° 682, lo siguiente:

a)    RUC del donatario

b)    Nombre o denominación del donatario

c)    Descripción del bien o bienes donados

d)    Fecha y monto de la donación.

Lo mencionado es para los que obtuvieron rentas de trabajo y deduzcan los gastos por donaciones.



Tips Tributarios, Contables y Laborales en TAX PERU (Facebook)

sábado, 22 de diciembre de 2012

ESTABLECEN CRONOGRAMA DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CORRESPONDIENTES AL AÑO 2013

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 302-2012/SUNAT

Mediante la resolución mencionada, publicada el día 22 de diciembre de 2012, la Administración Tributaria a establecido el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al año 2013.

AÑO 2013
ULTIMO DIGITO DEL RUC
Buenos
 
8
9
0
1
2
3
4
5
6
7
Contribuy.
ENERO
08-feb
11-feb
12-feb
13-feb
14-feb
15-feb
18-feb
19-feb
20-feb
21-feb
22-feb
FEBRERO
08-mar
11-mar
12-mar
13-mar
14-mar
15-mar
18-mar
19-mar
20-mar
21-mar
22-mar
MARZO
08-abr
09-abr
10-abr
11-abr
12-abr
15-abr
16-abr
17-abr
18-abr
19-abr
22-abr
ABRIL
09-may
10-may
13-may
14-may
15-may
16-may
17-may
20-may
21-may
22-may
23-may
MAYO
10-jun
11-jun
12-jun
13-jun
14-jun
17-jun
18-jun
19-jun
20-jun
21-jun
24-jun
JUNIO
08-jul
09-jul
10-jul
11-jul
12-jul
15-jul
16-jul
17-jul
18-jul
19-jul
22-jul
JULIO
08-ago
09-ago
12-ago
13-ago
14-ago
15-ago
16-ago
19-ago
20-ago
21-ago
22-ago
AGOSTO
09-sep
10-sep
11-sep
12-sep
13-sep
16-sep
17-sep
18-sep
19-sep
20-sep
23-sep
SEPTIEMBRE
09-oct
10-oct
11-oct
14-oct
15-oct
16-oct
17-oct
18-oct
21-oct
22-oct
23-oct
OCTUBRE
11-nov
12-nov
13-nov
14-nov
15-nov
18-nov
19-nov
20-nov
21-nov
22-nov
25-nov
NOVIEMBRE
09-dic
10-dic
11-dic
12-dic
13-dic
16-dic
17-dic
18-dic
19-dic
20-dic
23-dic
DICIEMBRE
09-ene
10-ene
13-ene
14-ene
15-ene
16-ene
17-ene
20-ene
21-ene
22-ene
23-ene
 
2014
2014
2014
2014
2014
2014
2014
2014
2014
2014
2014

 
Diario Oficial El Peruano, pág. 481754 (22.12.2012)



Tips Tributarios, Contables y Laborales en TAX PERU (Facebook)

 

 

 

Declaración Jurada de Precios de Transferencia - Cronograma de Vencimientos – Reporte Local

La declaración correspondiente al ejercicio 2016 se presentará de acuerdo con el siguiente cronograma: ULTIMO DÍGITO ...